viernes, 20 de mayo de 2011

Gobierno de El Salvador

El Gobierno de El Salvador se conforma de un Órgano Ejecutivo, Órgano Legislativo y de un Órgano Judicial. Se proporciona información sobre la composición de cada uno de los Órganos, así como de su sitio Web para obtener información adicional.

El Órgano Ejecutivo esta integrado por el Presidente de la República, el Vicepresidente de la República, los Ministros y los Viceministros de Estado y sus funcionarios dependientes.

El Presidente de la República, máxima autoridad del Órgano Ejecutivo es apoyado por el Vicepresidente de la República, ambos son elegidos por sufragio popular para un periodo de 5 años. El Presidente de la República no puede ser reelecto para un segundo periodo en forma consecutiva.

El Órgano Ejecutivo comprende 14 ministerios. Los Ministros son nombrados por el Presidente de la República y la duración de su cargo es de 5 años.

Las funciones y responsabilidades de los funcionarios del Órgano Ejecutivo se encuentran en el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, el cual puede ser accesado en el Sitio Web de Casa Presidencial.

La Asamblea Legislativa conforma el Órgano Legislativo. Está compuesta por 84 diputados elegidos por sufragio popular y por lo tanto jurídicamente, "representan al pueblo entero y no están ligados por ningún mandato imperativo". "Son inviolables y no tienen responsabilidad en tiempo alguno por las opiniones o votos que emitan" Art. 125 de la Constitución de El Salvador, (Cn.).
La Corte Suprema de Justicia es el máximo poder de decisión dentro del Órgano Judicial y está compuesta por 15 Magistrados. Se divide en 4 salas: Sala de lo Civil, Sala de lo Penal, Sala de lo Constitucional y Sala de lo Contencioso Administrativo, en las cuales se distribuyen funcionalmente los magistrados.
Las Salas de lo Civil y Penal conocen de los recursos de casación y apelación contra las sentencias de cámara. Las otras dos salas conocen, la de lo constitucional, los recursos de amparo, hábeas corpus e inconstitucionalidad; y la de lo contencioso administrativo, del recurso del mismo nombre.

Una escala más abajo se encuentran las cámaras de segunda instancia, compuestas cada una por dos magistrados, los cuales conocen a partir de la competencia territorial que les establece la ley, siendo su competencia los recursos de apelación, de hecho o de revisión, planteados contra resoluciones dadas en primera instancia.

Posteriormente siguen los juzgados de primera instancia. Se trata de tribunales unipersonales que conocen de las materias y el territorio que les establece la respectiva ley. Pueden ser mixtos, es decir con competencia en dos o más materias. En lo penal, existen juzgados de instrucción y de sentencia. Estos se componen de tres jueces.

Los jueces de paz son los últimos en la jerarquía judicial. Son tribunales unipersonales que conocen en diversas materias (mercantil, civil) en casos de menor cuantía. También desarrollan las primeras diligencias en proceso penales y celebran las conciliaciones judiciales.

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